miércoles, 25 de mayo de 2016

Apoyo a las Necesidades de los Usuarios NIF A-3

NIF A-3



OBJETIVO

Esta Norma tiene como objetivo identificar las necesidades de los usuarios y establecer con base a las mismas, los objetivos de los estados financieros de las entidades; así como, las características y limitaciones de los estados financieros.

ALCANCE

Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todo tipo de entidades. 

NECESIDADES DE LOS USUARIOS

El usuario general destina sus recursos, comúnmente en efectivo, a consumos, ahorros y decisiones de inversión, donación o de préstamo, de esta manera requiere de herramientas que le permitan conocer la información financiera que necesita para tomar sus decisiones. 
Los diferentes usuarios que intervienen en las actividades comerciales son: 
a) accionistas o dueños
b) patrocinadores
c) órganos de supervisión y vigilancia corporativos, internos o externos 
d) administradores – 
e) proveedores
f) acreedores
g) empleados 
h) clientes y beneficiarios 
i) unidades gubernamentales
j) contribuyentes de impuestos
k) organismos reguladores 
l) otros usuarios (otros interesados no comprendidos en los apartados anteriores).

La administración de la empresa será responsable ante los accionistas o dueños de planear, ejecutar y controlar las operaciones de la entidad, incluyendo, mantener o aumentar una ventaja competitiva en el sector o mercado, donde la entidad adquiere y enajena objetos económicos, así como también, obtiene financiamiento. 

OBJETIVO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

 Su principal objetivo es ser de utilidad al usuario general en la toma de sus decisiones económicas, debiendo proporcionar elementos de juicio confiables que permitan al usuario evaluar: 
  1. El comportamiento económico–financiero de la entidad, su estabilidad, vulnerabilidad, efectividad y eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos
  2. La capacidad de la entidad para mantener y optimizar sus recursos, financiarlos adecuadamente, retribuir a sus fuentes de financiamiento y, en consecuencia, determinar la viabilidad de la entidad como negocio en marcha.
Debiendo ser útiles para:
a) tomar decisiones de inversión o asignación de recursos a las entidades. 
b) tomar decisiones de otorgar crédito por parte de los proveedores y acreedores que esperan una retribución justa por la asignación de recursos o créditos. 
c) evaluar la capacidad de la entidad para generar recursos o ingresos por sus actividades operativas; d) distinguir el origen y las características de los recursos financieros de la entidad, así como el rendimiento de los mismos. 
e) formarse un juicio de cómo se ha manejado la entidad y evaluar la gestión de la administración, a través de una evaluación global de la forma en que ésta maneja la rentabilidad, solvencia y capacidad de crecimiento de la entidad para formarse un juicio de cómo y en que medida ha venido cumpliendo sus objetivos
f) conocer de la entidad, entre otras cosas, su capacidad de crecimiento, la generación y aplicación del flujo de efectivo, su productividad, los cambios en sus recursos y en sus obligaciones, el desempeño de la administración, su capacidad para mantener el capital contable o patrimonio contable, el potencial para continuar operando en condiciones normales, la facultad para cumplir su responsabilidad social a un nivel satisfactorio. 

Para tales efectos se alude a que los estados financieros de una entidad satisfacen al usuario general, si éstos proveen elementos de juicio, entre otros aspectos, los siguientes: 
a) solvencia (estabilidad financiera)
b) liquidez
c) eficiencia operativa (actividad)
d) riesgo financiero
e) rentabilidad (productividad)

En síntesis, la información financiera debe proporcionar información de una entidad sobre: 
a) su situación financiera, que se conforma por:
   i. los recursos económicos que controla
  ii. la estructura de sus fuentes de financiamiento
b) su actividad operativa
c) sus flujos de efectivo o, en su caso, los cambios en su situación financiera
d) sus revelaciones sobre políticas contables, entorno y viabilidad como negocio en marcha.
La información en la situación financiera de una entidad acerca del manejo de los recursos económicos que controla, le permite al usuario general evaluar la posibilidad que tiene la entidad para obtener rendimientos; así como, para analizar la evolución de sus recursos. La estructura de sus fuentes de financiamiento sirve al usuario general para evaluar la capacidad de la entidad para retribuir y liquidar las fuentes de financiamiento comprometidas, así como para obtener financiamiento a corto y largo plazo y, de esta forma, le sea útil para atender y prevenir las necesidades futuras de recursos de la entidad. En concordancia, el análisis conjunto de sus recursos y fuentes de financiamiento, especialmente en el corto plazo (liquidez), es útil para evaluar la capacidad de la entidad para solventar, amortizar y negociar sus fuentes de financiamiento (estabilidad), así como, analizar su capacidad de realizar futuras inversiones.

ESTADOS FINANCIEROS

Los Estados financieros son la manifestación fundamental de la información financiera; son la representación estructurada de la situación y desarrollo financiero de una entidad a una fecha determinada o por un período definido. Su propósito general es proveer información de una entidad acerca de la posición financiera, la operación financiera, del resultado de sus operaciones y los cambios en su capital contable o patrimonio contable y en sus recursos o fuentes, que son útiles al usuario general en el proceso de la toma de decisiones económicas. Dentro de su estructura se encuentran:
  1. Los activos
  2. Los pasivos
  3. El capital contable o patrimonio contable
  4. Los ingresos y costos o gastos
  5. Los cambios en el capital contable o patrimonio contable
  6. Los flujos de efectivo o en su caso, los cambios en la situación financiera.
Aunque los objetivos de los estados financieros y de la información financiera son los mismos, ciertos datos útiles van más allá del contenido de los estados financieros, por lo que sólo pueden ser suministrados, por medio de informes distintos.

ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS

  1. El balance general o estado de situación o posición financiera, que muestra información relativa a una fecha determinada sobre los recursos y obligaciones financieros de la entidad. 
  2. El estado de resultados, para entidades lucrativas o, en su caso, estado de actividades, para entidades con propósitos no lucrativos, que muestra la información relativa al resultado de sus operaciones en un periodo y, por ende, de los ingresos, costos y gastos y la utilidad/pérdida neta o cambio neto en el patrimonio resultante en el periodo.
  3. El estado de variaciones en el capital contable en el caso de entidades lucrativas, que muestran los cambios en la inversión en los accionistas o dueños durante el período.
  4. El estado de flujo de efectivo o, en su caso, el estado de cambios en la situación financiera, que indica información acerca de los cambios en los recursos y las fuentes de financiamiento de la entidad en el período, clasificados por actividades de operación, de inversión y de financiamiento. 
Las notas a los estados financieros son parte integrante de los mismos y su objeto es complementar los estados básicos con información relevante. Los estados financieros tienden progresivamente a incrementar su ámbito de acción, aspirando a satisfacer las necesidades del usuario general más ampliamente.


CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Los estados financieros básicos deben reunir ciertas características para ser útiles en la toma de decisiones al usuario general de la información financiera. Estas características se indican en la NIF A-4, Características cualitativas de los estados financieros. Los estados financieros básicos deben prepararse de acuerdo con las NIF; en adición, el usuario general debe tomar en cuenta ciertas limitaciones en su utilización, que se mencionan a continuación:

LIMITACIONES EN EL USO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

El usuario general de una entidad debe tener presente las siguientes limitaciones de los estados financieros: 
  1. Las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad.
  2. Los estados financieros, especialmente el balance general, presentan el valor contable de los recursos y obligaciones de la entidad, cuantificables confiablemente con base en las NIF y no pretenden presentar el valor razonable de la entidad en su conjunto. 
  3. Por referirse a negocios en marcha, están basados en varios aspectos por estimaciones y juicios que son elaborados considerando los distintos cortes de periodos contables, motivo por el cual no pretenden ser exactos.

ENTIDADES CON PROPÓSITOS NO LUCRATIVOS

Los estados financieros de las entidades con propósitos no lucrativos deben ser capaces de transmitir información que satisfaga al usuario general; no obstante, dichos estados financieros deben ser adaptados a las características particulares de las entidades con propósitos no lucrativos, donde se podrá:
  1. Evaluar a largo plazo en la toma de decisiones de asignación de recursos, si estas organizaciones, puedan continuar logrando sus objetivos operativos a un nivel satisfactorio para los patrocinadores y beneficiarios y, por tanto, los recursos disponibles deben ser suficientes para proporcionar los servicios o lograr sus fines sociales. 
  2. Analizar si se mantienen fuentes apropiadas de contribuciones y donaciones para seguir proporcionando sus servicios de manera satisfactoria y, por ende, facilite alcanzar conclusiones sobre la continuidad de la entidad en el futuro. 
Para las entidades no lucrativas se deben tener presentes,las siguientes limitaciones en el uso de los estados financieros:
  1. Los precios de venta de productos o servicios prestados pueden ser menores a su costo o sin cargo alguno al beneficiario y, por tanto, los ingresos pueden no ser una medida apropiada del desarrollo de la entidad en el mercado.
  2. Las contribuciones y los ingresos recibidos por el ente no lucrativo no compensan necesariamente a los costos para concluir acerca de medidas de eficiencia.
  3. Los costos y gastos de los entes no lucrativos pueden incluir servicios de voluntarios, no incluidos en las cifras de los estados financieros, así como contribuciones efectuadas por las mismas. 
Para que el usuario general pueda evaluar la efectividad y eficiencia de los servicios de las entidades no lucrativas, adicional a los estados financieros debe agregarse información estadística y narrativa sobre aspectos no financieros, que pueda permitir a dicho usuario formarse un juicio apropiado acerca de los objetivos logrados por la entidad. 


VIGENCIA

Las disposiciones contenidas en esta NIF entran en vigor a partir del 1º de enero de 2006. 


BIBLIOGRAFÍA

http://www.contaduria.uady.mx/files/material-clase/raul-vallado/CF05_NIFA3.pdf


CONCLUSIÓN

La NIF A-3 permite al usuario conocer la información financiera de las diferentes entidades (lucrativas y no lucrativas) que realizan actividades empresariales y de comercio mediante una serie de especificaciones y características descritas a detalle, mismas que le permitirán percibir si se están obteniendo ganancias o no por las actividades realizadas, de esta manera la NIF identifica las necesidades de la presentación y estructura de los estados financieros y plantea los lineamientos que deben seguirse para dar a conocer dicha información.


martes, 24 de mayo de 2016

Presentación y Revelación de los Estados Financieros NIF A-7


OBJETIVO


Esta NIF tiene por objeto establecer las normas generales aplicables a la presentación y revelación de la información financiera contenida en los estados financieros y sus notas.


INTRODUCCIÓN

La contabilidad tiene un fin de carácter informativo para la toma de decisiones referente a la producción e intercambio de bienes y servicios que llevan a cabo las distintas entidades económicas.
La información cualitativa y cuantitativa que la contabilidad produce, es requerida por los participantes de la actividad económica, entre otras cuestiones, para:
a)      observar y evaluar el comportamiento de las entidades,
b)      evaluar los recursos disponibles y sus fuentes, así como la exigibilidad para liquidarlos,
c)      comparar sus resultados con los de otros periodos y con otras entidades,
d)      evaluar sus resultados a la luz de los objetivos establecidos,
e)      planear sus operaciones,
f)       estimar su futuro dentro del marco socioeconómico que las rodea.


RAZONES PARA SU EMISIÓN

Se emite con el propósito de establecer criterios generales en la presentación  y revelación de los estados financieros y continuar así con el proceso de convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera, facilitando al usuario general el estudio y comprensión de los conceptos de presentación y revelación, el CINIF consideró conveniente reunir en una sola norma ambos conceptos.


OBJETIVO

Establecer las normas generales aplicables a la presentación y revelación de la información financiera contenida en los estados financieros y sus notas.


ALCANCE

Esta NIF trata de los conceptos de presentación y revelación de los estados financieros  de entidades económicas consideradas como un negocio en marcha; por lo tanto, no se cubren aspectos específicos relacionados con el tipo de información que se prepara cuando una entidad económica ha iniciado el proceso de concurso mercantil, está en estado de quiebra, de suspensión de actividades o de liquidación. Sin embargo, se requieren ciertas revelaciones que deben efectuarse por entidades que se encuentren en dichas situaciones. Algunas entidades tienen obligación de presentar información financiera y no financiera adicional a los estados financieros y sus notas, la cual está fuera del alcance de esta NIF.



FUNDAMENTOS DE PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN

Como parte de la función de rendir cuentas, se encuentra principalmente la información financiera que se emite para que el usuario general la considere para su toma de decisiones. La NIF A-4, Características cualitativas de los estados financieros, señala las características que debe reunir esta información.
Los administradores son los responsables de que la información financiera sea confiable, relevante, comprensible y comparable; para cumplir con estas características, deben aplicar las NIF y mantener un efectivo sistema de contabilidad y control interno. El ocultamiento y distorsión deliberada de hechos en la información financiera constituyen actos punibles, en virtud de que tanto su falta de revelación, como el que la misma esté desvirtuada, induce a los usuarios generales a errores en su interpretación.
Los estados financieros deben contener información que esté en armonía con los fines  para los cuales son utilizados, para proporcionar información idónea que auxilie a quienes dependen de la misma, al tomar decisiones en relación con las entidades económicas.
                                                                                      


ESTADOS FINANCIEROS Y SUS NOTAS

Los estados financieros son el producto de un gran número de transformaciones internas 10A y de otros eventos, que se reconocen como activos, pasivos y capital contable y que se agrupan por clases de acuerdo con su naturaleza o función.
Si un rubro determinado carece de importancia relativa por sí solo, debe agruparse con otras partidas, ya sea en los estados financieros o en las notas. Un rubro que no tenga la suficiente importancia relativa para justificar su presentación por separado en los estados financieros puede justificar esa presentación en las notas a los estados financieros.
Los estados financieros y sus notas:
-          La información que complementa los estados financieros puede ir en el cuerpo o al pie de los mismos o en páginas por separado.
-          Son representaciones alfanuméricas que clasifican y describen mediante títulos, rubros, conjuntos, cantidades y notas explicativas, las declaraciones de los administradores de una entidad, sobre su situación financiera, sus resultados de operación, los cambios en su capital o patrimonio contable y los cambios en su situación financiera.
Las notas son explicaciones que amplían el origen y significado de los datos y cifras que se presentan en dichos estados; proporcionan información acerca de la entidad y sus transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que la han afectado o podrían afectarla económicamente; así como, sobre la repercusión de políticas contables y de cambios significativos.
Deben presentarse siguiendo un orden lógico y consistente, considerando la importancia de la información contenida en ellas, en la medida que sea práctico. Las notas que correspondan a información significativa deben relacionarse con los correspondientes renglones de los estados financieros. Generalmente llevan el siguiente orden:
a)    Declaración en la que se manifieste explícitamente el cumplimiento cabal con las NIF.
b)    Descripción de la naturaleza de las operaciones.
c)    Resumen de las políticas contables.
d)    Información relativa a partidas que se presentan en el cuerpo de los estados financieros básicos.
e)    Fecha autorizada para la emisión de los estados financieros y nombre(s) del(los) funcionario(s) u órgano(s) de la administración que la autorizaron.
f)     Otras:
I.              pasivos contingentes y compromisos contractuales no reconocidos;
II.            revelaciones de información no financiera; por ejemplo, los objetivos y políticas relativos a la administración de riesgos;
III.           nombre de la entidad controladora directa y de la controladora de último nivel de consolidación.
Las NIF son aplicables esencialmente a los estados financieros y no a otra información 16 que se presente fuera de ellos. Por lo tanto, es importante que los usuarios generales puedan distinguir información que ha sido preparada con base en las NIF, de otra información que les sea presentada y que pueda serles útil, pero que no está sujeta a esas normas. Los estados financieros deben contener la siguiente información de manera prominente:
a)    El nombre, razón o denominación social de la entidad económica que emite los estados financieros.
b)     La conformación de la entidad económica; es decir, si es una persona física o moral.
c)    La fecha del balance general y del periodo cubierto por los otros estados financieros.
d)    Si se presenta información en miles o millones, el criterio utilizado debe indicarse claramente
e)    La moneda en que se presentan los estados financieros
f)     La mención de que las cifras están expresadas en moneda de poder adquisitivo a una fecha determinada
g)    El nivel de redondeo utilizado en las cifras que se presentan en los estados financieros.
En los estados financieros o en sus notas debe revelarse:
a)     La forma legal de la entidad, el país en que se ha constituido y la dirección de su sede social (o el domicilio principal donde desarrolle sus actividades, si fuese diferente de la sede social)
b)    Si es una entidad de vida limitada, información sobre la duración de la misma.
 Los estados financieros y sus notas deben presentarse en forma comparativa por lo menos  con el periodo anterior, excepto cuando se trate del primer periodo de operaciones de una entidad. Cuando la entidad haya aplicado un cambio contable o haya corregido un error en forma retrospectiva, también debe presentarse el estado de posición financiera ajustado al inicio del periodo más antiguo por el que se presente la información financiera comparativa.

 

PRESENTACIÓN

Una entidad debe cambiar la presentación de sus estados financieros únicamente si la nueva presentación adoptada proporciona información más confiable, relevante, comprensible y comparable para el usuario general de los estados financieros. Al hacer esos cambios en la presentación, una entidad debe reclasificar su información comparativa de acuerdo con los párrafos subsecuentes. Cuando se modifica la presentación de los estados financieros y sus notas, los correspondientes a periodos anteriores que se presentan para fines comparativos, deben ajustarse o reclasificarse, según corresponda, en el mismo sentido, a menos que sea impráctico hacerlo.


NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA 2015

Los estados financieros deben presentarse, por lo menos, una vez al año, abarcando un 26 periodo anual. Esto no impide que se emitan estados financieros en fechas intermedias.


AGRUPACIÓN DE PARTIDAS

En los estados financieros las partidas similares deben ser agrupadas bajo un  mismo rubro de acuerdo a la naturaleza de la operación que les dio origen. Las partidas que no puedan agruparse, si son significativas, también deben presentarse por separado. Si una partida no similar individualmente no es significativa, debe agruparse con otras.
A menos que una NIF particular permita su compensación, deben presentarse por separado:
a)     los activos y pasivos,
b)    en general, los ingresos, costos y gastos.

 

REVELACIÓN

Según la NIF A-1 se define como la acción de divulgar en estados financieros y sus notas, toda aquella información que amplíe el origen y significación de los elementos que se presentan en dichos estados, proporcionando información acerca de las políticas contables, así como del entorno en el que se desenvuelve la entidad.


POLÍTICAS CONTABLES

Son los criterios de aplicación de las normas particulares, que la administración de una entidad considera como los más apropiados en sus circunstancias para presentar razonablemente la información contenida en los estados financieros básicos.
La revelación de las políticas contables en los estados financieros no debe duplicar detalles presentados en alguna otra nota.


NEGOCIO EN MARCHA

Los estados financieros deben prepararse sobre la base del negocio en marcha a menos de que la administración tenga la intención de liquidar la entidad o de suspender permanentemente sus actividades productivas y comerciales y no exista otra alternativa realista para que el negocio continúe en marcha.
Cuando al hacer su evaluación la administración determina que existe incertidumbre importante relativa a eventos o condiciones que pueden dar lugar a dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como un negocio en marcha debe revelarlos.


OTRAS REVELACIONES

-          Si uno o más estados financieros básicos se omiten, debe mencionarse en las notas explicativas cuáles son los estados financieros omitidos y expresar claramente la falta de cumplimiento con las Normas de Información Financiera.
-          Cuando una entidad no presente estados financieros comparativos por ser su primer periodo de operaciones, debe revelarse.
-          Si la información explicativa, relativa a cambios en la presentación de los estados financieros y sus notas, correspondientes a periodos anteriores, continúa siendo relevante en el periodo actual, dicha información debe seguir revelándose.
-          Si se ajustan  o se reclasifican algunos elementos de los estados financieros de periodos anteriores, debe revelarse, cuando sea relevante:
a)  La naturaleza del ajuste o de la reclasificación;
 b)  El importe de cada partida o clase de partidas ajustadas o reclasificadas;
 c)  Las razones para hacer el ajuste o la reclasificación.
Cuando los estados financieros se presenten por un periodo distinto al ciclo normal de  operaciones de la entidad o éste no coincida con un año calendario, debe revelarse tanto el periodo que cubren los estados financieros, como las razones para utilizar un periodo distinto al ciclo normal de operaciones.
Cuando la fecha o periodo contable a que se refieren los estados financieros se modifique  por cambios en el ciclo normal de operaciones, debe revelarse, así como el que los importes de los estados financieros y las notas de los diferentes periodos que se presentan, pudieran no ser totalmente comparables. En caso de que existan eventos posteriores que afecten sustancialmente la información financiera, entre la fecha a que se refieren los estados financieros y en la que éstos son emitidos, estos eventos deben revelarse suficiente y adecuadamente.
La estructura de las Normas de Información Financiera, respecto a los activos y pasivos, deberá incluir en la revelación:
a)    Su naturaleza.
b)    Su valor en libros al cierre del periodo sobre el que se informa.
Algunas ocasiones resulta impráctico revelar el alcance de los posibles efectos de un supuesto sobre la incertidumbre en la estimación al cierre del periodo que se informa. En tales casos, la entidad debe revelar que es posible, con base en la experiencia, que los desenlaces que se produzcan dentro del siguiente periodo sean diferentes de lo esperado y pueden requerirse ajustes significativos en el valor en libros del activo o pasivo afectado.
En cualquier caso, la entidad debe revelar la naturaleza y el valor en libros del activo o pasivo (o de la clase de activos o pasivos) afectado por la estimación. Debe revelarse:
I.               El nombre de la entidad controladora directa y, en su caso, el de la controladora del último nivel de consolidación.
II.             Una descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad y sus principales actividades.
III.           La fecha autorizada para la emisión de los estados financieros y el(los) nombre(s) del(los)  funcionario(s) u órgano(s) de la administración que autorizaron su emisión.


VIGENCIA

Las disposiciones contenidas en esta NIF entran en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.


TRANSITORIO

Las disposiciones relacionadas con la modificación al párrafo 55 y la incorporación de los párrafos 55A, 55B, 55C, 55D, 55E y 61 derivadas de las Mejoras a las NIF 2012 entran en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2012. Los cambios en revelación que en su caso surjan deben reconocerse en forma retrospectiva, en términos de la NIF B-1, para todos los estados financieros que se presenten en forma comparativa con los del periodo actual.





CONCLUSIÓN

La NIF A-7 se refiere a los conceptos de Presentación y Revelación de los Estados Financieros y las notas de revelación, su estructura, usos y clasificación de acuerdo a varios criterios que deben cubrirse  dentro de las diferentes entidades económicas y de los diferentes ámbitos siempre y cuando estos se encuentren en marcha, de esta manera tenemos que las notas servirán para explicar el significado de determinados datos o cifras expuestos en la información financiera que se presente, para ello deberán acatar ciertos criterios para su publicación, tenemos por ejemplo, el orden de importancia de los datos, que exista una secuencia de orden lógico o bien que describan la naturaleza de las actividades, entre otras, mientras que los estados financieros deben contemplar para su presentación: el nombre o razón social, describir si se trata de una persona física o moral, cubrir una fecha específica, expresar el tipo de moneda que se utiliza y la forma en que esta se presenta, ya sea en miles o millones, entre otras características que se encuentran descritas a detalle en esta NIF.
El encargado de verificar y difundir la veracidad de la información financiera será el personal administrativo, quien corroborará que lo que se presente sea confiable, relevante, comparable y comprensible para quienes hagan uso de ella.
De hacer caso omiso, distorsionar o presentar información falsa, el administrativo será acreedor a alguna sanción, multa o cárcel si es que la autoridad fiscal así lo decide.



BIBLIOGRAFÍA

http://fcaenlinea1.unam.mx/anexos/1257/1257_cr_NIF%20A-7.pdf 



    

lunes, 23 de mayo de 2016

Mercancías en Tránsito y Operaciones de Moneda Extranjera NIF B-15

MERCANCÍAS EN TRÁNSITO




Son las mercancías que no están físicamente en el almacén, pero ya están pagadas, solo se espera su llegada.
Contablemente se registran en éste tipo de cuentas las entradas y salidas de mercancías adquiridas fuera de la localidad de la empresa, hasta que llegan al almacén se registra la entrada en la cuenta de inventario.

En un esquema de mayor el registro contable se realiza de la siguiente manera:


Se carga:
Se abona:
Al iniciarse el ejercicio:
Del importe de su saldo deudor, que es el precio de costo de las mercancías que están por llegar.
Durante el ejercicio:
Importe de las transferencias a las cuentas de compras o almacén, al momento de recibir las mercancías.
Durante el ejercicio:
Importe del precio de costo de las compras de mercancías fuera de la plaza.
Importe de los ajustes, correcciones o cancelación de pedidos.
Importe de las primas de seguros contratados contra accidentes.
Al finalizar el ejercicio:
Importe de su saldo para cerrarla.
Importe de fletes y acarreos.
Importo de los costos y gastos de la compras: permisos, impuestos, etc.







Su saldo es deudor y representa el precio de costo de las mercancías compradas que se encuentran por llegar al almacén.
Se presenta en el balance general dentro del activo circulante, como parte de los inventarios.


Las mercancías en tránsito no solamente se esperan de ciudades o regiones colindantes, dependiendo del giro de la empresa, también se podrá comprar y vender mercancía de otros países, de esta manera, será muy probable que exista una diferencia entre la moneda local y la extranjera, debido a que los pagos generalmente se hacen después de recibir la mercancía, se debe considerar que los precios de las divisas no son constantes, pudiendo afectar o beneficiar a cualquiera de las partes, ya sea al vendedor o al comprador. 
Es muy importante realizar los registros correspondientes a estas divisas en los estados financieros, para ello, se emplea la NIF B-15, descrita a continuación:




CONVERSIÓN DE MONEDAS EXTRANJERAS 

NIF B-15



OBJETIVO

Establecer las normas para el reconocimiento de las transacciones en moneda extranjera y de las operaciones extranjeras en los estados financieros de la entidad informante y la conversión de su información financiera a una moneda de informe diferente a su moneda de registro o a su moneda funcional. Asimismo, se establecen normas de presentación y revelación.


ALCANCE

Las disposiciones de esta NIF se aplican para entidades que emiten estados financieros básicos en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros. Siendo aplicable para: 
  • El reconocimiento, en la moneda de registro, de las transacciones y saldos en moneda extranjera
  • La conversión de los estados financieros de operaciones extranjeras de la moneda de registro a la funcional y de ésta a la moneda de informe, que se incluyen en los estados financieros de la entidad informante, ya sea por consolidación o al aplicar el método de participación
  • La conversión de los estados financieros de cualquier entidad, a la moneda de informe elegida
  • La información a revelar cuando una entidad presenta información complementaria a sus estados financieros determinada con base en un procedimiento de conversión diferente al que establece esta NIF.
Aunque no aplica para:
  • La conversión, dentro del estado de flujos de efectivo, de los flujos de efectivo de las transacciones en moneda extranjera, ni para la conversión de los flujos de efectivo de operaciones extranjeras
  • El reconocimiento de las transacciones y saldos en moneda extranjera relacionados con instrumentos financieros derivados y operaciones de cobertura
  • La información complementaria presentada en una moneda diferente a la moneda de informe.

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

Entidad informante – es la entidad emisora de los estados financieros. 
Fluctuación cambiaria – es la diferencia resultante de: convertir transacciones o saldos denominados en moneda extranjera a otra moneda, utilizando diferentes tipos de cambio y convertir información financiera de la moneda de registro a la moneda funcional. 
Moneda de informe – es aquélla elegida y utilizada por una entidad para presentar sus estados financieros.  
Moneda de registro – es aquélla en la cual la entidad mantiene sus registros contables, ya sea para fines legales o de información. 
Moneda extranjera – es cualquier moneda distinta a la de registro, a la funcional o a la de informe de la entidad, según las circunstancias.
Moneda funcional – es aquélla con la que opera una entidad en su entorno económico primario; es decir, en el que principalmente genera y aplica efectivo.
Partidas monetarias – son aquéllas que se encuentran expresadas en unidades monetarias nominales sin tener relación con precios futuros de determinados bienes o servicios; su valor nominal no cambia por los efectos de la inflación por lo que se origina un cambio en su poder adquisitivo. Son partidas monetarias, el dinero, los derechos a recibir dinero y las obligaciones de pagar dinero. 
Partidas no monetarias – son aquéllas cuyo valor nominal varía de acuerdo con el comportamiento de la inflación, motivo por el cual, derivado de dicha inflación, no tienen un deterioro en su valor; éstas pueden ser activos, pasivos, capital contable o patrimonio contable. Son partidas no monetarias, los inventarios, el activo fijo y los activos intangibles, entre otros. 
Tipo de cambio – es la relación de cambio a una fecha determinada entre dos monedas, o bien, entre una moneda y alguna unidad de intercambio, tal como las Unidades de inversión, considerando transacciones de contado.
Tipo de cambio de contado – es el utilizado en transacciones con entrega inmediata. 
Tipo de cambio de cierre – es el de contado a la fecha del balance general. 
Tipo de cambio histórico – es el de contado a la fecha de la transacción. 
Valor razonable – es el monto de efectivo o equivalentes que participantes en el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la venta de un activo, o para transferir un pasivo, en una operación entre partes interesadas, dispuestas e informadas, en un mercado de libre competencia.

TIPO DE CAMBIO

Si para el proceso de conversión están disponibles varios tipos de cambio, debe utilizarse aquél con el que los flujos futuros de efectivo representados por la transacción, el saldo en moneda extranjera, o la operación extranjera, pudieron haber sido realizados a la fecha de conversión. Si existen temporalmente restricciones de intercambio de divisas, el tipo de cambio a utilizar debe ser el que pueda proporcionar algún mercado de divisas reconocido. Al no existir información al respecto en tales mercados y mientras no se pueda determinar un tipo de cambio adecuado, la entidad debe: 
  1. Si se trata de una subsidiaria, dejar de consolidar sus estados financieros
  2. La inversión en la subsidiaria o, en su caso en la asociada debe presentarse con el mismo valor determinado en el último periodo en el que se identificó un tipo de cambio adecuado para la conversión
  3. Con base en la NIF particular relativa, la inversión permanente en acciones debe someterse inmediatamente a las pruebas de deterioro.

TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA

Son aquellas en que la entidad: 
  1. Compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera
  2. Presta o toma prestados fondos, si los importes correspondientes se establecen a cobrar o pagar en una moneda extranjera
  3. Adquiere o dispone de activos, incurre, transfiere o liquida pasivos, siempre que estas transacciones se hayan denominado en moneda extranjera. 

RECONOCIMIENTO INICIAL

Toda transacción en moneda extranjera debe reconocerse inicialmente en la moneda de registro aplicando el tipo de cambio histórico. 

RECONOCIMIENTO POSTERIOR Y NORMAS DE CONVERSIÓN

A la fecha de cierre de los estados financieros, los saldos de partidas monetarias derivados de transacciones en moneda extranjera y que están denominados en moneda extranjera deben convertirse al tipo de cambio de cierre. 
Asimismo, a la fecha de realización (cobro o pago) de las transacciones en moneda extranjera, éstas deben convertirse al tipo de cambio de realización. De estos procedimientos surgen diferencias en cambios debido a que normalmente el tipo de cambio de cierre o, en su caso, el tipo de cambio de la fecha de realización, tiene variaciones con respecto al tipo de cambio histórico. Por lo que respecta a las partidas no monetarias, éstas deben mantenerse al tipo de cambio histórico, según fueron reconocidas inicialmente.
 Las diferencias en cambios deben reconocerse como ingreso o gasto en la utilidad o pérdida neta en el estado de resultado integral en el periodo en que se originan.

OPERACIONES EXTRANJERAS

MONEDA FUNCIONAL

Para identificar su moneda funcional, una entidad debe considerar, los siguientes factores: 
  1. El entorno económico primario en el que opera
  2. La moneda que influye fundamentalmente en la determinación de los precios de venta de sus bienes y servicios 
  3. La influencia que una moneda tiene en la determinación, denominación y realización de sus costos y gastos (costos de mano de obra, de los materiales, etc) 
  4. La moneda en la cual se generan y aplican los flujos de efectivo de las distintas unidades generadoras de efectivo de la entidad
  5. La moneda en la cual se generan los flujos de efectivo con motivo de actividades de financiamiento
  6. La moneda en la cual recibe y conserva los flujos de efectivo que derivan de sus actividades de operación. 

La moneda funcional refleja las operaciones y sus condiciones  relevantes para la entidad y cambia cuando se producen modificaciones en tales condiciones. 
La utilización de una determinada moneda de registro normalmente atiende a requerimientos de índole legal del país en el que se ubica la entidad, motivo por el cual, no siempre puede cambiarse a discreción de la entidad y puede no ser la misma que la moneda funcional. 
Por lo anterior, esta NIF permite a la entidad hacer la presentación de sus estados financieros en una moneda de informe diferente ya sea a la moneda de registro, a la funcional o a ambas; incluso permite que la entidad haga varias presentaciones de sus estados financieros en monedas diferentes, siempre que se atienda al proceso de conversión establecido en esta NIF.
Al elaborar sus estados financieros, cada entidad debe identificar su moneda de registro y su moneda funcional, así como, definir su moneda de informe y, en los casos en los que estas monedas sean diferentes entre sí, debe hacer la conversión de estados financieros de acuerdo con lo establecido en esta NIF. En los casos en que la entidad no esté sujeta a consolidación o a valuación con base en el método de participación, cuando la moneda de registro y la de informe sean iguales y a su vez, diferentes a la moneda funcional, la moneda de informe puede ser la de registro sin tener que llevar a cabo el proceso de conversión a la moneda funcional. 
Los estados financieros de cada operación extranjera, en lo individual, deben convertirse a la moneda de informe de los estados financieros de la entidad informante, es decir, de la entidad económica que conforman.

RECONOCIMIENTO INICIAL

Una operación extranjera debe reconocerse inicialmente en la moneda de registro y utilizando el tipo de cambio histórico,  los ajustes a valor razonable de los activos y pasivos de la operación extranjera adquirida, que surgen como consecuencia de la adquisición, forman parte de los activos y pasivos de dicha operación extranjera.

RECONOCIMIENTO POSTERIOR Y NORMAS DE CONVERSIÓN 

Los estados financieros individuales de cada una de las entidades jurídicas de diferentes entornos económicos y con diferentes monedas, se consolidan, combinan o reconocen con base en el método de participación, para presentarse formando parte de los estados financieros de la entidad económica que integran.
De esta manera los estados financieros individuales de cada operación extranjera deben: 
  1. Modificarse para presentarse con base en las NIF mexicanas utilizadas por la entidad informante
  2. Convertirse a la moneda de informe de la entidad económica a la que pertenecen.
Para lograr lo establecido en el inciso 2, si la operación extranjera  tiene una moneda funcional diferente a su moneda de registro, debe primero convertir la información financiera de su moneda de registro a su moneda funcional. Posteriormente, si la moneda de informe es diferente a su moneda funcional, la información financiera debe convertirse de la moneda funcional a la de informe. 

CONVERSIÓN DE LA MONEDA DE REGISTRO A LA MONEDA FUNCIONAL

Cuando la moneda funcional de una operación extranjera es diferente a su moneda de registro, ésta última se califica como una moneda extranjera; por lo tanto, los estados financieros deben convertirse de la moneda de registro a la funcional. Cuando la moneda funcional es igual que la de registro, no debe hacerse proceso de conversión a la moneda funcional. 
Los estados financieros deben convertirse de la moneda de registro a la funcional, como sigue: 
  1. Activos y pasivos monetarios, al tipo de cambio de cierre
  2. Activos y pasivos no monetarios, y el capital contable, al tipo de cambio histórico
  3. Las partidas no monetarias reconocidas a su valor razonable, utilizando el tipo de cambio histórico referido a la fecha en la que se determinó dicho valor razonable
  4. Los ingresos, costos y gastos deben convertirse al tipo de cambio histórico de la fecha de su devengamiento en el estado de resultados, salvo que se originen de partidas no monetarias, en cuyo caso debe utilizarse el tipo de cambio histórico de la partida no monetaria 
  5. Las diferencias en cambios que se originan en la conversión de moneda de registro a moneda funcional deben reconocerse como ingreso o gasto en el estado de resultados de la operación extranjera en el periodo en que se originan.
Este procedimiento de conversión pretende que la operación extranjera obtenga los mismos resultados que se hubieran determinado si todas las partidas se hubieran reconocido originalmente en la moneda funcional, aunque  no siempre se logra con absoluta precisión debido a la utilización de tipos de cambio promedio ponderados para la conversión de algunas partidas.
Después del proceso de conversión se debe evaluar que los valores de recuperación de los activos no monetarios determinados con base en la moneda funcional, superen su valor en libros, de lo contrario, deben hacerse las pruebas de deterioro correspondientes, dando lugar a una posible pérdida que deberá reconocerse en los estados financieros basados en la moneda funcional.

CONVERSIÓN DE LA MONEDA FUNCIONAL A LA DE INFORME

Cuando la moneda de informe de una operación extranjera es diferente a su moneda funcional, ésta última se califica como una moneda extranjera; por lo tanto, los estados financieros deben convertirse de la moneda funcional a la de informe. Cuando la moneda de informe es igual que la funcional, no debe hacerse proceso de conversión a moneda de informe. Como parte del proceso de conversión, con base en la NIF B-10, Efectos de la inflación, debe identificarse el tipo de entorno económico en el que opera cada operación extranjera: no inflacionario o inflacionario; y, sobre esta base, debe hacerse el proceso de conversión. 

ENTORNO ECONÓMICO NO INFLACIONARIO

Si la operación extranjera se encuentra en un entorno económico no inflacionario, el estado de situación financiera y el estado de resultado integral de la misma deben convertirse a la moneda de informe conforme a lo siguiente: 
  1. Los activos y pasivos deben convertirse al tipo de cambio de cierre y el capital contable al tipo de cambio histórico
  2. Los ingresos, costos y gastos deben convertirse al tipo de cambio histórico del periodo de su devengamiento en resultados
  3. La conversión anterior se debe reconocerse formando parte de una partida de la utilidad o pérdida integral dentro del capital contable informado por la operación extranjera; en los estados financieros consolidados, 
  4. Las variaciones que surjan se analizan entre el capital contable de la operación extranjera y la inversión en la operación extranjera reconocida por la entidad informante, para reconocerse como efecto acumulado por conversión dentro del capital contable de la entidad informante por la proporción que le corresponde a la entidad.
Cuando los tipos de cambio hayan variado en forma importante se deberá utilizar el tipo de cambio histórico.

ENTORNO ECONÓMICO INFLACIONARIO

Aquí deben conocerse primero los efectos de la inflación en su información financiera de conformidad con la NIF B-10, utilizando el índice de precios del país de origen de la moneda funcional; posteriormente, el estado de situación financiera y el estado de resultado integral de la misma deben convertirse a la moneda de informe de acuerdo con lo siguiente:
  1. Los activos, pasivos y el capital contable deben convertirse al tipo de cambio de cierre
  2. Los ingresos, costos y gastos deben convertirse al tipo de cambio de cierre
  3. Al aplicar el método de participación, las variaciones analizadas entre el capital contable de la operación extranjera y la inversión en la operación extranjera reconocida en la entidad informante deben reconocerse en una partida del otro resultado integral denominada efecto acumulado por conversión dentro del capital contable de la entidad informante por la proporción que le corresponde a la entidad.
Los efectos por conversión pueden deberse a : 
  • Al reconocimiento en los estados financieros de la operación extranjera y los efectos de una inflación diferente a la que reconoce la entidad informante en la inversión en la operación extranjera (ocurre cuando la entidad informante y la operación extranjera operan en entornos económicos diferentes).
  • Al hecho de convertir los estados financieros de la operación extranjera con un tipo de cambio diferente al que la entidad informante tiene reconocida su inversión en la operación extranjera (ocurre cuando la fecha de cierre de los estados financieros de la entidad informante es diferente a la de los de la operación extranjera).
Las variaciones resultantes deben reconocerse en la partida de la utilidad o pérdida integral denominada efecto acumulado de conversión dentro del capital contable.

CAMBIOS DE MONEDA DE REGISTRO, FUNCIONAL Y DE INFORME

El cambio de moneda de registro o de moneda funcional debe reconocerse a partir de la fecha del cambio, por tratarse de un cambio de circunstancias, la entidad debe convertir todas las partidas a la nueva moneda adoptada utilizando el tipo de cambio a la fecha en que se produce el cambio. 
En el caso de partidas no monetarias, los importes ya convertidos deben considerarse como sus correspondientes cifras históricas. El efecto de un cambio de moneda de informe debe reconocerse con base en el método retrospectivo establecido en la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores, por tratarse de un cambio en la unidad monetaria de presentación. 

CONSOLIDACIÓN DE OPERACIONES EXTRANJERAS

Los procedimientos normales de consolidación requieren, entre otras cuestiones, la eliminación de los saldos y transacciones intercompañías. En tal eliminación, deben mantenerse en los estados financieros consolidados las diferencias en cambios originadas por dichos saldos y transacciones intercompañías ya reconocidas en cada moneda funcional. Debido a que la partida monetaria denominada en una moneda distinta a la moneda funcional expone a la entidad a una pérdida o ganancia por las fluctuaciones del tipo de cambio entre las monedas. De acuerdo con esto, en los estados financieros consolidados de la entidad que informa, dichas diferencias en cambios deben permanecer en resultados, salvo que se deriven de las circunstancias descritas a continuación:
  1. La entidad puede tener una partida monetaria por cobrar o por pagar a la operación extranjera. Si la realización de esa partida no está contemplada, ni es probable que su realización se produzca en un futuro previsible, la partida es en esencia una parte de la inversión neta de la entidad en esa operación extranjera. 
  2. Las diferencias en cambios surgidas de las partidas monetarias deben reconocerse como parte del efecto acumulado por conversión, en el capital contable tanto de los estados financieros de cada una de las entidades en lo individual como de los estados financieros consolidados. 
  3. Las diferencias en cambios que surgen de un pasivo en moneda extranjera que ha sido designado y califica como cobertura económica de la inversión neta en una operación extranjera deben reconocerse en el capital contable formando parte del rubro de efecto acumulado por conversión, cumpliendo con lo dispuesto en la NIF particular relativa a instrumentos financieros derivados y operaciones de cobertura. 


DISPOSICIÓN DE UNA OPERACIÓN EXTRANJERA

El efecto acumulado por conversión relacionado con una operación extranjera (partida de utilidad o pérdida integral del capital contable) debe reciclarse al estado de resultados en la parte proporcional según corresponda al importe dispuesto, a la fecha de disposición, como parte de la ganancia o pérdida derivada de la disposición parcial o total de dicha operación extranjera.


IMPUESTOS A LA UTILIDAD

Las pérdidas y ganancias en cambios de las transacciones en moneda extranjera, así como el efecto acumulado por conversión relacionado con las operaciones extranjeras, pueden tener efectos impositivos, cuyo reconocimiento contable debe seguir los lineamientos de la NIF particular relativa a impuestos a la utilidad.


CUMPLIMIENTO CON LA NIF

Si una entidad emite estados financieros con base en cualquier otro procedimiento de conversión diferente al que establece la NIF B-15, debe considerarse que dichos estados financieros no están de acuerdo con NIF. 


NORMAS DE PRESENTACIÓN

TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA

Las diferencias en cambios originadas por el reconocimiento posterior de las transacciones en moneda extranjera deben presentarse en el estado de resultados del periodo como un componente del Resultado integral de financiamiento (RIF).

OPERACIONES EXTRANJERAS

CONVERSIÓN DE LA MONEDA DE REGISTRO A LA FUNCIONAL

La ganancia o pérdida en cambios que surja al convertir las partidas en moneda de registro a la moneda funcional debe presentarse en el estado de resultados como un componente del RIF.

CONVERSIÓN DE LA MONEDA FUNCIONAL A LA DE INFORME

Los efectos por conversión del periodo, así como las diferencias en cambios deben reconocerse formando parte de una partida de utilidad o pérdida integral del capital contable denominada efecto acumulado por conversión.

ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS

Si la entidad informante se encuentra en un entorno económico no inflacionario, sus estados financieros de periodos anteriores que se presentan en forma comparativa con los del periodo actual deben presentarse sin modificar la conversión ya reconocida en el momento en el que fueron emitidos. Si su entorno económico es inflacionario, con base en la NIF B-10, dichos estados financieros deben, además, presentarse en unidades de poder adquisitivo de la fecha de cierre del estado financiero más reciente; para estos efectos debe considerar el índice de precios del entorno económico de la entidad informante. Ante la circunstancia de cambio de entorno económico, la entidad debe atender a lo establecido en la NIF B-10, Efectos de la inflación. 
En el caso de que se presenten estados financieros consolidados, debe considerarse que  la única entidad informante es la entidad económica consolidada. Para efectos de comparabilidad, dentro de los estados financieros consolidados de periodos anteriores que se presentan en forma comparativa con los del periodo actual, dentro de un entorno económico inflacionario, sólo debe considerarse la inflación del entorno de la entidad informante y no la del entorno de las operaciones extranjeras. 

NORMAS DE REVELACIÓN

En las notas a los estados financieros debe revelarse información acerca de lo siguiente:
  1.  El importe de las fluctuaciones cambiarías reconocidas en el estado de resultados, en caso de que existan fluctuaciones cambiarías que afecten el valor de los instrumentos financieros, debe atenderse a lo dispuesto por la NIF particular relativa a instrumentos financieros derivados y operaciones de cobertura.
  2. Una integración del saldo al final del periodo del efecto acumulado por conversión, mostrando:
    El saldo inicial, el efecto por conversión, las ganancias o pérdidas de las coberturas económicas de una inversión neta en una operación extranjera, el importe reciclado y los efectos de impuestos a la utilidad asociados.
  3. Las monedas de registro, funcional y de informe.
  4. Cuando la moneda de registro sea diferente a la funcional, si fuera el caso, y la razón a la que esto se debe.
  5. Cuando la moneda de informe es diferente a la moneda funcional y la razón de utilizar una moneda de informe diferente; además, la o las monedas funcionales utilizadas.
  6. Cuando se haya producido un cambio en la moneda de registro o en la funcional, ya sea de la entidad que informa o de alguna operación extranjera, así como la razón de dicho cambio.
  7. La denominación y el monto de los activos y pasivos monetarios en divisas extranjeras que conforman los saldos derivados de las transacciones en moneda extranjera, expresándolos en la moneda de informe.
  8. Los tipos de cambio utilizados en los diferentes procesos de conversión.
  9. Cualquier restricción cambiaría o de otro tipo en relación con las monedas extranjeras involucradas en los estados financieros.
  10. Los importes de los instrumentos que hayan sido designados como coberturas económicas de inversiones netas en una operación extranjera.
  11. Cuando una entidad presenta sus estados financieros u otra información financiera en una moneda diferente a su moneda funcional y no cumple con los requisitos de conversión establecidos en esta NIF la entidad debe mencionar:
    I. El hecho de no cumplir con la NIF
    II. Que esta información es complementaria, con objeto de distinguirla de la información que cumple con las NIF
    III. La moneda en que se presenta esta información complementaria
    IV. La moneda funcional de la entidad
    V. El método de conversión utilizado
    VI. El tipo de cambio utilizado para elaborar la información complementaria.

VIGENCIA

Las disposiciones de esta NIF entran en vigor a partir del 1º de enero de 2008. 

TRANSITORIOS

Los cambios contables producidos por la aplicación inicial de esta Norma deben reconocerse con base en el método prospectivo establecido en la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores. 


CONCLUSIÓN

Las empresas que dentro de sus actividades comerciales contemplan la compra o venta de mercancías directamente de otros países, saben que existe una diferencia entre la moneda con la que se negocia y se hacen las compras (moneda nacional) y el efecto de conversión a la moneda extranjera. 
Por ello resulta muy importante conocer las características que deben emplearse al momento de realizar los registros contables, ya que si no se efectúan de manera adecuada, causaran un caos de información en los estados financieros. Principal motivo por el que se recurre a la Norma de Información Financiera B-15, que permite reconocer las transacciones en moneda extranjera y hacer la conversión de la información financiera a una moneda de informe, que pueda interpretarse fácilmente dentro de los estados de información financiera.
Ésta NIF guía a los usuarios mediante diversos segmentos para que adecúen la información que van a presentar de acuerdo a los lineamientos y normas que se describen a detalle a lo largo de ella. 

BIBLIOGRAFIA


http://fcaenlinea1.unam.mx/anexos/1357/1357_u6_ai.pdf